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Reglas para Neófitos 1 y Practicantes no iniciados2

 

  1. La persona que necesita Yoko Osha, es decir el neófito o el practicante no iniciado, debe presentarse en la casa del padrino o madrina elegido por él con la ofrenda de un plato, dos cocos, dos velas y cierta cantidad de dinero que varía según el Ilé Osha, y ponerlos delante del Ángel de la Guarda del padrino o madrina y acordar con éste el momento en que se le va a "dar coco" al Ángel de la Guarda del padrino o madrina para saber si el Ángel de la Guarda de éste lo acoge.

  2. El Padrino o madrina puede negarse a realizar esta ceremonia por motivos propios, sin tener que dar ninguna explicación o puede explicar lo que convenga.

  3. El padrino o madrina seguro saben que todas las incompetencias, negligencias, actos bochornosos, irrespetuosos, ofensas y delitos y actos contra el individuo y la sociedad de sus ahijados son una vergüenza para el padrino o madrina. Todas esas malas obras siempre, de una manera u otra, van en contra del prestigio y la autoridad del padrino o madrina y recaen sobre su familia religiosa. Por lo cual algo tan sagrado como Osha no se le debe entregar sin antes ser muy prudente y cauteloso.

  4. El padrino o madrina deben ser cuidadosos cuando el solicitante de Yoko Osha es un practicante no iniciado perteneciente a otro Ilé Osha y debe indagar bien en los temas de rigor que se acostumbra.

  5. Generalmente es más aceptado que en el momento de darle coco al Ángel de la Guarda del padrino o madrina esté presente el que solicita Yoko Osha y varios testigos que den fe de la ceremonia que se hace.

  6. El neófito y el practicante no iniciado deben darle suficientes evidencias al padrino o madrina de que será capaz de cumplir las reglas de Osha Ifá y su Itá y hasta tanto no dé muestras de esto, el padrino o madrina no debe iniciarlo.

  7. El futuro padrino o madrina deberá proporcionarle documentación sobre las normas o Reglas de Osha Ifá para que el futuro ahijado sepa a qué se enfrenta y lo que debe cumplir.

  8. El padrino o madrina deberá responder todas las preguntas que pueda y aclarar las dudas sobre lo que es el Itá y su obligación de cumplimiento.

  9. El padrino o madrina, previo acuerdo con el practicante no iniciado, le "da coco" a su Ángel de la Guarda para determinar quién será la Oyugbona. Una vez determinado quién será la Oyugbona, se va a casa de ésta, se le informa de la situación para tener su consentimiento y, si está de acuerdo, se le debe dar coco al Ángel de la Guarda de la Oyugbona para que éste dé su aprobación.

  10. El padrino o madrina le presentará a sus futuros hermanos de religión y en general su futura familia religiosa para que se comiencen a estrechar los necesarios lazos de hermandad y crezca el sentido de pertenencia a su rama religiosa.

  11. El futuro Iyawó deberá estudiar toda la documentación que el padrino o madrina le proporcione y hará las preguntas necesarias para aclarar partes que no comprenda bien.

  12. El futuro iniciado se informará si en su familia biológica hay miembros, fallecidos o no, que estén o que estuvieron vinculados a Osha Ifá y a qué rama pertenecen o pertenecían y qué niveles de consagraciones tienen o tenían. Esta información se la proporcionará a su padrino o madrina cuando sea necesario o cuando se lo pidan.

  13. La familia religiosa que acogerá al nuevo Iyawo le dará la bienvenida y le hará ver lo valioso que será para él o ella recibir Yoko Osha.

  14. El padrino o madrina debe confeccionar la relación de los familiares y conocidos difuntos del neófito o el practicante no iniciado para que sean invocados en las ceremonias y en los ritos. También debe confeccionar la Moyugba de su futuro ahijado, con la relación de familiares difuntos de éste y con los difuntos de la genealogía religiosa de la familia a la cual él pertenece con el fin de que sean invocados en los momentos apropiados y de que le sea entregado para su estudio al que se iniciará.

  15. El neófito o el practicante no iniciado debe haber realizado suficientes misas espirituales y de investigación de su cuadro espiritual antes de Yoko Osha.

  16. El padrino o madrina debe prever las ceremonias antes de Yoko Osha y todas aquellas que emanen del registro de entrada y es el máximo responsable de ellas.

  17. El neófito o el practicante no iniciado que va a Asentar Osha debe tener diez días antes de la Iniciación, sus objetos religiosos y otros necesarios para Yoko Osha en casa del padrino o madrina y chequear bien con éste que no falte nada. Así como las coordinaciones necesarias para la transportación hacia y desde el río, y del ilé a la plaza y el regreso. Nada debe improvisarse.

  18. El neófito o el practicante no iniciado, tres días antes de Yoko Osha, debe abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas u estupefacientes, no debe trasnochar, no debe propiciar ni participar en situaciones escandalosas ni violentas ni tenerlas en su pensamiento; debe estar en abstinencia sexual y debe alejar de su mente pensamientos eróticos.

  19. El dinero que se usa en una iniciación o consagración no debe proceder de robos, atracos, malversaciones, estafas, de la venta de narcóticos ni otros delitos que afecten a la comunidad o al individuo. Ese dinero está maldecido por las desgracias de otros y al final sólo traerá tragedia al iniciado y a su padrino.

  20. El "derecho" para iniciarse en Osha Ifá debe ser producto del sacrificio personal que el neófito o el practicante no iniciado ha hecho para alcanzar este objetivo. La persona puede aceptar contribuciones de sus allegados o de sus futuros padrinos.

  21. El padrino o madrina es el máximo responsable de que se efectúe el Registro y el Ebbó de Entrada, en el cual él debe estar presente.

  22. El padrino o madrina debe saber que si el padrino de "Mano de Ifá" del ahijado no tiene Yoko Osha sólo tiene derecho a efectuar el Registro, el Ebbó de Entrada y la Matanza. El día apropiado presenta la tijera y la navaja y reza los odun correspondientes, después de lo cual sale del Igbodun de Osha.

  23. Sería oportuno tener en cuenta el ciclo menstrual de la Iyawó para realizar la iniciación, pues ninguna mujer participante debe estar menstruando. Sin embargo, si la Iyawó comienza a menstruar, la iniciación continúa.

  24. El futuro iniciado Iyawó está en la obligación de comprender bien y saber que la iniciación tiene una importancia extraordinaria ya que significa nacer de nuevo a otra forma de vida, donde él adquiere una nueva perspectiva de la realidad debido a los nuevos conocimientos y capacidades que irá adquiriendo como consecuencia de su estrecha vinculación con el sistema oracular, con el Ángel de su Guarda y con las distintas consagraciones, ceremonias y rituales a los que se enfrenta y se enfrentará. La etapa de Iyawó es un tiempo de depuración, sacrificios y fortalecimiento para el cual estas reglas son un instrumento de inapreciable valor.

     


1-  Neófito: persona que no tiene absolutamente ningún atributo de Regla de Osha ni de Regla de Ifá.

2-  Practicante no Iniciado; persona que posee algún atributo de Regla de Osha o de Regla de Ifá. Por ejemplo el que posee Eleguá, Ogún Oshosi y Osun o alguno de estos de Santero o Babalawo. Todos aquellos individuos que poseen Olokun, Orisha Oko, Inle o algún otro Orisha que se entrega sin necesidad de estar iniciado como por ejemplo Orun, Osain y Oddé. Todos aquellos Practicantes que tengan Awo Faka o Ikofa Fun ni Orunmila y Ángel de la Guardia definido por Osha o por Ifá.
 

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