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Reglas para despues de los tres meses de Yoko Osha. Parte I
  1. El Iyawó debe saber que en caso de que él pase a Ifá, es decir se vaya a iniciar en Ifá, es en el Ilé del padrino o la madrina de Osha donde se hacen determinadas ceremonias con el Ángel de su Guarda para que éste dé su aprobación o tenga conocimiento y reciba también la bendición de su padrino o madrina de Osha.

  2. Es el Ángel de la Guarda del iniciado quien determina si tiene pase a Ifá o no y se decide mediante el Oráculo del Dilogún. Si esto no se preguntó en estera el día del Itá o si se va a hacer posterior al día del Itá, se le tiene que hacer sacrificio al Ángel de su Guarda del iniciado en casa de su padrino o en su casa, pero siempre con la presencia de su padrino de Osha.

  3. Si un iniciado en Osha que se encuentra entre la vida y la muerte o en circunstancias graves o inusuales consulta al Ángel de su Guarda y éste le indica que su salvación está en iniciarse en Ifá, se le debe pasar a Ifá.

  4. Si un iniciado en Osha tiene la presunción de que él tiene que iniciarse en Ifá, junto con sus mayores puede preguntarle al Ángel de su Guarda y si le dice que sí se le puede iniciar en Ifá y si le dice que no, esta pregunta más nunca en la vida se le vuelve a hacer al Ángel de su Guarda.

  5. Existe el caso poco común y extraño de individuos que tienen Eleguá, Ogún, Oshosi y Osun, Awó Faka y en la bajada de Orula en el proceso de la ceremonia se le dice que no tiene que hacer Yoko Osha y que tiene pase a Ifá, a esa persona se le lava Osha y se le inicia en Ifá.

  6. El Iyawó no entra a Igbodun a realizar función de santero, pues su condición de Iyawó es como de un niño y los niños no hacen funciones de mayores.

  7. El Iyawó no puede hacerle rogaciones de cabeza a nadie, tampoco puede entregar los "Guerreros" ni los collares.

  8. Si por alguna desgracia de la vida el iniciado se separa de su padrino o madrina, o el padrino o madrina se separan de él, el Olosha está obligado a mencionar por su nombre completo a su padrino o madrina en todas las funciones religiosas que haga, esté el mismo vivo o sea difunto. El estatus del padrino o madrina de Osha son insustituibles y perduran durante toda la vida y después de ésta y nadie lo puede sustituir. Por esta razón es importante elegir adecuadamente a los padrinos y viceversa.

  9. Si el iniciado pierde a su padrino o madrina y Oyugbona, él tiene derecho, mediante bajada del Ángel de su Guarda, a obtener permiso de su Eledá para que algún mayor de su familia le represente sus Oshas y, si no existe ningún mayor, a otra persona de su elección.

  10. En las ramas que se recibe Pinaldo, al padrino o madrina de Pinaldo se le considera como a un mayor que puede representar los Oshas y Orishas de aquellos que recibieron Pinaldo con él y han perdido a sus padrinos o madrina de Osha.

  11. El iniciado que está separado de su padrino o madrina y de la Oyugbona o de cualquiera de éstos, cuando vaya a Yoko Osha a alguien o a hacer cualquier ceremonia, rito o consagración, tiene que pedir la bendición del Ángel de la Guarda de ellos y mencionarlos por sus nombres completos.

  12. El Olosha debe saber que él no puede hacerle Yoko Osha ni a su mamá, ni a su papá, ni a sus hijos, ni a su cónyuge, ni a sus hermanos mayores en edad.

  13. El Iyawó debe saber que de acuerdo a sus posibilidades, debe hacer el Ebbó del Año.

  14. El Iyawó está obligado a hacer todo lo que esté a su alcance para ser presentado a tambor en el curso del año en que está de Iyawó y al cumplir el año recibir el Igbodun o cuarto de Osha.

  15. El Iyawó debe saber que sólo puede hacerle Yoko Osha a otras personas después de transcurrido un año y dieciséis días de haber hecho él su iniciación y si ha cumplido todas las reglas del Ebbó Oshumeta; recibido el Igbodun y haya sido presentado al tambor.

  16. El Olosha está obligado a aprender el Oráculo del Dilogún (el caracol) y el de Biange y Aditoto (el coco u Obí). Debe también aprender a Moyugbar, a dar coco a los Oshas, Orishas y Eggún. Debe saber al menos un rezo y un canto por cada Orisha, así como atender a sus Oshas y Orishas y conocer a todos los Oshas y Orishas de Osha Ifá. El Olosha debe saberse los refranes adivinatorios de Osha Ifá, el código ético de los odun de Ifá y los mandamientos morales de Ika Fun.

  17. El Iyawó está obligado a hacer su primer Osha con su padrino o madrina, quien lo dirige, lo administra y dispone del "derecho". El padrino o la madrina tiene la obligación de enseñarle al Olosha todos los pasos y procedimientos de Osha para que aprenda.

  18. El Iyawó no debe consultarse a no ser por un motivo muy grave y con la autorización y la presencia de su padrino o madrina y debe consultarlo el mismo Obá de Yoko Osha, si está vivo. En caso contrario, se procede de la forma establecida.

  19. El Olosha debe estar presente en todas las actividades del Ilé Osha de su padrino o madrina y participar en aquellas iniciaciones, consagraciones, ceremonias y ritos para las que esté capacitado, con el objetivo de que pueda ir aprendiendo la forma de hacer las cosas.

  20. El Iyawó y todos los Olosha deben estudiar y superarse.

  21. El Olosha debe conocer las hierbas de uso religioso y medicinal de Osha Ifá y contribuir a su conservación y desarrollo.

  22. El Olosha debe saber que nunca podrá participar en consagraciones ni en ceremonias que él no tenga.

  23. El Iyawó o el Olosha deben saber que el día de cumpleaños de Osha del padrino o de la madrina deben presentar un "derecho" al Ángel de la Guarda de su padrino o madrina y debe ponerle o encomendarle dos cocos y dos velas.
     

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